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	<title>boletas de honorarios &#8211; Noticias Bio Bio</title>
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		<title>Boletas de honorarios, resolviendo dudas</title>
		<link>https://noticiasbiobio.cl/2026/01/26/boletas-de-honorarios-resolviendo-dudas/33042</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Prensa]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 26 Jan 2026 22:14:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[boletas de honorarios]]></category>
		<category><![CDATA[región del biobío]]></category>
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					<description><![CDATA[José Navarrete Oyarce Director del Magíster en Tributación Universidad Andrés Bello Desde 2021, la retención por emisión de boletas de honorarios ha ido creciendo gradualmente, <a class="mh-excerpt-more" href="https://noticiasbiobio.cl/2026/01/26/boletas-de-honorarios-resolviendo-dudas/33042" title="Boletas de honorarios, resolviendo dudas">[...]</a>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p align="justify"><a href="https://noticiasbiobio.cl/wp-content/uploads/2026/01/recursos.jpg"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="464" height="311" title="recursos" align="left" style="margin: 0px 5px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="recursos" src="https://noticiasbiobio.cl/wp-content/uploads/2026/01/recursos-thumb.jpg" border="0"></a>José Navarrete Oyarce<u></u><u></u></p>
<p align="justify">Director del Magíster en Tributación<u></u><u></u></p>
<p align="justify">Universidad Andrés Bello<u></u><u></u></p>
<p align="justify"><u></u><u></u></p>
<p align="justify">Desde 2021, la retención por emisión de boletas de honorarios ha ido creciendo gradualmente, pasando de un 10% al actual 15,25% del 2026, y con una meta de retención de un 17% para el año 2028. Este aumento gradual obedece a la incorporación de los trabajadores a honorarios al sistema previsional, de tal manera de nivelar las condiciones de este tipo de personas respecto a los trabajadores con contrato de trabajo. En ese contexto, surgen algunas dudas, totalmente razonables, sobre todo cuando las personas coexisten en ambos sistemas. Por tanto, el objetivo de esta columna es resolver, en simple, estas dudas.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">La primera de ellas es ¿se puede tener contrato de trabajo con una empresa y emitir boletas de honorarios por servicios prestados a otras personas o empresas? La respuesta es sí. En Chile, existe libertade de trabajo y situaciones como esta son bastante comunes, por ejemplo, un médico que trabaja en una clínica y que además tiene consulta particular, un contador que trabaja en una empresa, y que además hace asesorías en forma independiente. En esa misma línea y considerando que por el contrato de trabajo hay cotizaciones previsionales obligatorias ¿qué pasa con las cotizaciones asociadas a las boletas? Aunque haya redundancia, es obligación pagar imposiciones por las boletas, independiente de las ya pagadas por el contrato. Sin embargo, aquí hay dos excepciones a saber, si el sueldo percibido es superior al tope imponible (casi 3 millones y medio mensuales) o bien si el trabajador ya está jubilado. En caso contrario, se debe pagar. No obstante, no se debe perder de vista que, por lo menos los montos pagados a la AFP no se pierden, sino que van a aumentar el ahorro del trabajador y por ende, a mejorar su jubilación en el futuro. Para las cotizaciones de salud, la situación es un poco más compleja, si el monto va a Fonasa, no genera ningún efecto, sin embargo, si va a una Isapre, eventualmente y en base al contrato individual, se podía recuperar algo de esos montos.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">Desde el punto de vista tributario, ambos ingresos, sueldos y honorarios, se deben sumar, junto a otros eventuales ingresos, y pagar impuesto global complementario, rebajando los créditos particulares de cada persona.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">Si bien, todo esto parece complejo, tanto las instituciones como los sistemas que interactúan en todo esto, están altamente automatizados, por lo que la probabilidad de errores es bastante baja. Sin embargo, siempre es necesario revisar el destino de los dineros y evitar problemas posteriores.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">
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		<title>Retenci&#243;n en boletas de honorarios: lo que realmente significa el alza de enero</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Prensa]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 15 Jan 2026 21:12:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[alza]]></category>
		<category><![CDATA[boletas de honorarios]]></category>
		<category><![CDATA[SII]]></category>
		<category><![CDATA[tributación]]></category>
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					<description><![CDATA[José Navarrete Oyarce Director del Magíster en Tributación Universidad Andrés Bello Este enero de 2026 trajo consigo un nuevo ajuste en la retención de las <a class="mh-excerpt-more" href="https://noticiasbiobio.cl/2026/01/15/retencin-en-boletas-de-honorarios-lo-que-realmente-significa-el-alza-de-enero/32809" title="Retenci&#243;n en boletas de honorarios: lo que realmente significa el alza de enero">[...]</a>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p align="justify"><u></u><u></u></p>
<p align="justify"><a href="https://noticiasbiobio.cl/wp-content/uploads/2026/01/jose-navarrete-1-2025.jpg"><img decoding="async" width="487" height="327" title="Retrato Academicos Sede Concepci&oacute;n" align="left" style="margin: 0px 5px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="Retrato Academicos Sede Concepci&oacute;n" src="https://noticiasbiobio.cl/wp-content/uploads/2026/01/jose-navarrete-1-2025-thumb.jpg" border="0"></a>José Navarrete Oyarce<u></u><u></u></p>
<p align="justify">Director del Magíster en Tributación<u></u><u></u></p>
<p align="justify">Universidad Andrés Bello<u></u><u></u></p>
<p align="justify"><u></u><u></u></p>
<p align="justify">Este enero de 2026 trajo consigo un nuevo ajuste en la retención de las boletas de honorarios, que pasó de 14,5 % a 15,25 %. Como es habitual, el cambio ha generado confusión e incluso molestia entre trabajadores independientes, muchos de los cuales perciben esta modificación como un nuevo impuesto. Pero esa interpretación es incorrecta y merece una aclaración desde una mirada técnica.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">En primer lugar, se debe precisar que no se trata de un nuevo impuesto ni de un aumento de un tributo existente. Esta retención es un anticipo, de carácter obligatorio del impuesto a la renta y de las cotizaciones previsionales que el trabajador deberá pagar por los ingresos obtenidos en 2026. Es decir, no reduce los ingresos percibidos a través de las boletas de honorarios, sino que simplemente ayuda a amortizar el cumplimiento tributario a lo largo del año.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">Este aumento responde a lo establecido en la Ley N.º 21.133, que desde el año 2019 impulsa una integración progresiva de los trabajadores independientes al sistema de seguridad social. El objetivo es que estos profesionales, históricamente excluidos de beneficios como pensiones, salud, licencias médicas o seguros laborales, accedan a las mismas prestaciones que los trabajadores dependientes, logrando un sentido de equidad y justicia. Para lograrlo, la ley estableció un aumento gradual de la retención hasta llegar al 17 % en 2028.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">Así, lo retenido en cada boleta, no solo está destinado a ser una provisión para el pago de impuestos, sino que también tiene por objetivo financiar la cobertura de salud, accidentes laborales, subsidios y pensiones. Por tanto, en lugar de ver esta alza como una carga, deberíamos entenderla como un avance hacia una mayor equidad laboral y protección social.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">No se puede desconocer que el aumento de la retención reduce el ingreso líquido mensual, y que muchos profesionales sienten ese impacto en su flujo de caja cada vez que emiten una boleta. Sin embargo, también de debe tener presente que esta deducción es temporal, a favor del contribuyente, y eventualmente recuperable en parte en la operación renta del año entrante. No obstante, lo más importante es que esto abre la puerta a beneficios sociales antes impensados para el mundo independiente. En rigor, este no debería verse como un castigo, sino que como una corrección histórica para los trabajadores independiente, un paso necesario hacia un sistema más justo, donde el tipo de contrato no defina el nivel de protección social de una persona.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">
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